Bueno bueno.... se inaugura el año 2015 en este blog.
Recientemente llegaba a mi correo un link con una de esas noticias que te fastidian el día. Éste es el titular que se encontraba detrás del fatídico enlace:
Estos bolsos de mano están coronados por estilosos puños americanos debidamente decorados. Aquí podemos ver algunos ejemplos:
Mi primera reacción al leer la noticia fue una mezcla de sorpresa y total desacuerdo. Tras sobreponerme del susto inicial comencé a leer atentamente la noticia. A ver qué razones argumentaban.
El párrafo más importante:
"este organismo del Ministerio del Interior ordena a las fuerzas de seguridad que cuando se detecte la tenencia o comercialización de esos bolsos se proceda, "en todo caso y con independencia a la intencionalidad de los particulares en dichas actividades, a la incautación de los mismos"
Siendo un poco críticos, hay que reconocer que desde luego es un puño americano pegado a un clutch, y como tal, es susceptible de utilizarse como arma. Pero también es una medida absolutamente extrema cuando se trata de un ornamento de un bolso.
Así que releyendo el artículo me detuve en esta frase: "con independencia a la intencionalidad de los particulares". Con independencia. Y aquí es donde definitivamente me reafirmé en mi opinión inicial y me declaro en contra de esta medida por exagerada.
Tengamos en cuenta que la función principal de estos artículos es un actuar como bolso, que bajo determinadas circunstancias puede utilizarse para agredir? vale, pero esa no es su intención. Así que tenemos un artículo que puede tener dos claros usos: complemento de moda y arma. Por lo visto, este último uso es suficiente para mandarlo a la hoguera.
Y entonces pensé en el siguiente caso. ¿Cuántas utilidades se le pueden dar a una pistola? Porque desde luego una pistola es un arma lo mires por donde lo mires, aquí sí que no hay vuelta de hoja. Y sin embargo, la tenencia de armas está regulada, si una persona posee una licencia de armas, es legal tener un objeto que es un arma al 100% y sin embargo, no es posible bajo ninguna circunstancia, poseer un objecto -que a lo sumo y siendo muy generosa- podría considerarse un arma al 50%.
Señores, los números han hablado. ¿Y si lo regulamos?
Enlace a la noticia: http://www.elmundo.es/espana/2015/01/28/54c92790e2704e420f8b4577.html
Recientemente llegaba a mi correo un link con una de esas noticias que te fastidian el día. Éste es el titular que se encontraba detrás del fatídico enlace:
Estos bolsos de mano están coronados por estilosos puños americanos debidamente decorados. Aquí podemos ver algunos ejemplos:
Ejemplares incautados |
Bolso de Alexander McQueen. Pionero de esta moda en el mercado. |
El párrafo más importante:
"este organismo del Ministerio del Interior ordena a las fuerzas de seguridad que cuando se detecte la tenencia o comercialización de esos bolsos se proceda, "en todo caso y con independencia a la intencionalidad de los particulares en dichas actividades, a la incautación de los mismos"
Siendo un poco críticos, hay que reconocer que desde luego es un puño americano pegado a un clutch, y como tal, es susceptible de utilizarse como arma. Pero también es una medida absolutamente extrema cuando se trata de un ornamento de un bolso.
Así que releyendo el artículo me detuve en esta frase: "con independencia a la intencionalidad de los particulares". Con independencia. Y aquí es donde definitivamente me reafirmé en mi opinión inicial y me declaro en contra de esta medida por exagerada.
Tengamos en cuenta que la función principal de estos artículos es un actuar como bolso, que bajo determinadas circunstancias puede utilizarse para agredir? vale, pero esa no es su intención. Así que tenemos un artículo que puede tener dos claros usos: complemento de moda y arma. Por lo visto, este último uso es suficiente para mandarlo a la hoguera.
Y entonces pensé en el siguiente caso. ¿Cuántas utilidades se le pueden dar a una pistola? Porque desde luego una pistola es un arma lo mires por donde lo mires, aquí sí que no hay vuelta de hoja. Y sin embargo, la tenencia de armas está regulada, si una persona posee una licencia de armas, es legal tener un objeto que es un arma al 100% y sin embargo, no es posible bajo ninguna circunstancia, poseer un objecto -que a lo sumo y siendo muy generosa- podría considerarse un arma al 50%.
Señores, los números han hablado. ¿Y si lo regulamos?
Enlace a la noticia: http://www.elmundo.es/espana/2015/01/28/54c92790e2704e420f8b4577.html